Reflexiones de la
COMISIÓN de LAICIDAD de CRISTIANOS de BASE de MADRID.
I.- La interrupción del embarazo, en
perspectiva.
En línea con lo anunciado desde
muchos meses atrás por el ministro Sr. Gallardón, el gobierno
aprobó, el pasado 20 de Diciembre de 2013, el anteproyecto de ley sobre
la Interrupción del embarazo. El
proyecto se denomina “Ley de protección
de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada”, un
título que resume buena parte de la contrarreforma que el gobierno del PP
quiere implantar: proteger en primer lugar la vida del no nacido y aparentar,
de paso, que se respetan los derechos de la mujer, cuando en realidad el
derecho a decidir de la mujer resulta tan proscrito que la mayoría de las
organizaciones de mujeres lo han calificado como la reforma más restrictiva de
la democracia, o como un retroceso de 30 años.
Un
poco de historia.
1985. La
primera Ley sobre la interrupción voluntaria del embarazo (en adelante IVE) la
planteó el gobierno del PSOE en 1983, pero no entró en vigor hasta que el
Tribunal Constitucional decretó su constitucionalidad en 1985, rechazando el recurso interpuesto por el PP. En esa ley
solamente se contemplaban tres supuestos para la despenalización de la IVE: A)
Que exista grave peligro para la vida o salud física o psíquica de la
embarazada, sin plazo para la interrupción; B) El embarazo por violación, con
un plazo máximo de 12 semanas; y C) El supuesto de malformación fetal, acreditado
por dos médicos especialistas, distintos de aquél por se practique el
aborto, hasta la semana 22 del
embarazo.
2010. Veinticinco años más tarde, el PSOE volvió a
presentar un nuevo proyecto de ley denominado “De
salud reproductiva e interrupción voluntaria del embarazo" que supuso un paso muy importante en el
reconocimiento de los derechos de las mujeres: reconoció la Interrupción
Voluntaria del Embarazo (IVE) como un derecho, lo inscribió en el marco de los
derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, y sustituyó el modelo de los tres supuestos
contemplados en 1985, por un nuevo
sistema de plazos. Lo más sustancial
de esta ley, vigente hasta hoy, ha sido el permitir la interrupción
libre del embarazo hasta la semana 14, y hasta la 22 en caso de riesgo grave para la vida o la salud
de la madre o del feto (en este
caso, acreditado por dos médicos). La ley contempla también la IVE después de
la semana 22, si el feto llega a presentar anomalías incompatibles con la vida
o sufre enfermedad extremadamente grave o incurable. La entrada en vigor de esta ley permitió acabar con
los abortos clandestinos, que provocaban la muerte de más de 300 mujeres cada
año.
Debe subrayarse,
en contra de lo que ahora dicen los sectores más conservadores que, con esa ley,
el legislador no hizo otra cosa que seguir la senda marcada tanto por el
Tribunal Constitucional en 1985, que aconsejaba legislar “en línea de lo que sucede en la regulación positiva de los países de
nuestro entorno”, como por el Consejo de Europa que en 2008
recomendaba una ley de plazos. De hecho, 32 de los 47 países integrados en el
Consejo de Europa disponían ya en 2008 de sistemas de plazos para la IVE.
2014. Pero ahora los sectores católicos más integristas
del PP y la presión mantenida por los obispos españoles parecen haber impuesto
posiciones morales y políticas propias de los años de Nacionalcatolicismo. El ministro Gallardón ha cumplido con este
proyecto lo que ya había venido anunciando:
a) que la nueva ley abandone el ‘sistema de plazos’ y vuelva a un modelo de
supuestos más
restringidos que los vigentes entre 1985 y 2010. Sólo habrá dos supuestos a los que puede
acogerse la mujer: el embarazo por violación y el supuesto de grave peligro
para la vida o la salud física y psíquica de la embrazada.
b) que la malformación del feto ya no será un
supuesto para abortar. Sólo se podrá hacer si se diagnostica en el feto una
patología “incompatible con la vida” y si ello le provoca a la embarazada “un
daño psicológico importante y duradero”. (circunstancias que deben ser acreditadas por dos médicos de
cada especialidad).
Desaparece, por
tanto, el derecho de la mujer a interrumpir el embarazo en las primeras 14
semanas y se reconoce al feto la condición de
sujeto de derechos con prioridad sobre los derechos de la madre.
Este enfoque
colisiona frontalmente con los tímidos avances producidos en la lucha histórica
de las mujeres por alcanzar el reconocimiento pleno de sus derechos sexuales y
reproductivos, entre los que destacaba el derecho a ser madre por voluntad
propia. Salvo en los dos supuestos citados,
la IVE volverá a ser un delito.
La voz de los Cristianxs de Base
En el debate
social abierto durante la propuesta y tramitación de la ley de 2010, la Iglesia
de Base de Madrid llevó a cabo un proceso de reflexión interno que culminó en
el documento titulado "A propósito del aborto" (2009), donde se reflejaban distintas
puntualizaciones favorables a esa idea central de que la IVE no puede nunca ser
penalizada legalmente, sino reconocida como un derecho de las mujeres.
Hoy, tras
valorar que la nueva contrarreforma del gobierno está tristemente inspirada por
la Moral católica más conservadora, consideramos necesario y urgente
a) denunciar la violencia contra los
derechos fundamentales de las mujeres que implica este proyecto de ley, especialmente grave en el contexto de necesidad que viven la
mayoría de las mujeres de este país. En medio de una situación de crisis socioeconómica
como la que padecemos, la contrarreforma que se avecina es doblemente lesiva
para miles y miles de mujeres pertenecientes a los sectores más populares, que
serán castigadas por ser mujeres (dominación patriarcal) y por ser pobres
(dominación clasista), pues la
penalización de la IVE les afectaría de
modo infinitamente superior que a quienes gocen de estatus social superior o
pertenezcan a la clase social dominante; y
b) denunciar igualmente que esta futura ley supone un
atentado más a la laicidad del Estado
Consideramos
que la tensión y el conflicto
a que se ven sometidas las mujeres cuando se enfrentan a la difícil decisión de
interrumpir un proceso de maternidad es tan dramático que el hecho sólo puede
ser contemplado con entrañas de misericordia y actitud de máximo respeto a la
autonomía de la conciencia de cada mujer. Su
decisión, tomada dentro de un entorno de máxima información y ayuda, es el principal valor a preservar en
cualquier norma de convivencia civilizada.
Desde estas premisas esta concebido este
documento.
II.- El Derecho y la Moral en una sociedad plural
Como ya
se ha apuntado, la huella de la
Moral católica más tradicional parece incuestionable en ese
planteamiento de restauracionismo moral que el PP pretende implantar en materia
de interrupción del embarazo. Pero, legislar en base a concepciones morales
particulares, ¿es de recibo en una sociedad pluralista ideológica, cultural y
moralmente? ¿Es democrático?
Todos sabemos que el Gobierno
de un país que se dice democrático no puede
someterse a la presión de una minoría católica, encabezada por los
obispos que dominan la Conferencia Episcopal. No se puede admitir la
barbaridad jurídica e ideológica de equiparar la IVE con el homicidio, o de atribuir al feto la
condición de sujeto de derechos con prioridad absoluta sobre los derechos de la
madre. Tenemos que tener presente que no se puede mezclar lo que es pecado en
el terreno religioso, con lo que es delito en el terreno jurídico-penal. La IVE puede ser considerada
pecado por la doctrina católica, pero no por eso constituye delito en el ámbito
penal. Propugnamos que la IVE
en cualquiera de sus formas salga completamente del código penal. En una ley
civil, dictada para toda la ciudadanía, repetimos, no puede intervenir la moral
católica, porque contradice la
Constitución que afirma que estamos en un Estado que se proclama
aconfesional y democrático.
En una sociedad abierta y plural, el Estado no
puede regular los distintos espacios de la convivencia social desde los
principios de ninguna moral particular, ni interferir en la conciencia moral de
las personas. El derecho que ha de regir
la vida social deberá basarse en aquellos valores morales que sean socialmente
compartidos. En nuestro caso los que se derivan de los derechos y libertades
fundamentales que se reflejan en la Constitución. En una sociedad democrática, el
derecho –y el Estado- no pueden sino respetar la autonomía de la conciencia,
sin valorar la bondad o el error de ninguna moral particular, ni permitir
ninguna interferencia de morales particulares en su seno. Derecho civil común y morales particulares han de ser siempre
territorios independientes. ¿Cómo si no podría conjugarse que estemos todos
sujetos al mismo derecho, desde la diversidad moral existente en la sociedad?
De este pluralismo ideológico se deduce que aun cuando una persona
considere que la IVE es un acto inmoral, debe aceptar la separación entre el
derecho como sistema regulador de intereses generales y su moral particular,
sin pretender que aquello que no está de acuerdo a su moral se inscriba en el
derecho penal y sea considerado delito. En el caso que nos ocupa, debe asumir
esa separación sin tratar de impedir que las mujeres puedan ejercer su derecho
a interrumpir el embarazo y todos sus derechos sexuales y reproductivos. Porque
la salud sexual y reproductiva de la mujer concierne a la Ética cívica, al
margen de las creencias religiosas de cada uno. Así lo pide la lógica
democrática, tanto en un Estado laico como simplemente aconfesional.
No cabe duda de que la jerarquía eclesiástica no ha llegado nunca a
entender lo que significa una sociedad democrática y un pluralismo ideológico y
moral; ni siquiera parece importarle mucho la autonomía moral de las mujeres,
ni su dignidad, ni los sufrimientos ocasionados cuando se les ha obligado a ser
madres contra su voluntad. Tampoco parece ser muy consciente de la secuela
histórica de muertes, lesiones graves y sufrimientos múltiples provocados por
el ejercicio fanático de una moral católica anclada en el medioevo o en tiempos
de la Contrarreforma.
Desde hace décadas venimos reclamando la separación de la Iglesia y el
Estado, es decir, la autonomía del poder político respecto a las confesiones
religiosas. Pero para construir un Estado Laico, esa independencia
institucional no servirá de mucho si no viene acompañada también del pleno
ejercicio de la libertad de conciencia y la igualdad jurídica y de trato de todos los ciudadanos, al margen
de sus creencias o convicciones.
Un derecho que se inspire en la moral
católica tradicional, que castigue penalmente la IVE y no reconozca este derecho a las mujeres, está
obligando a miles de ellas a una opción de vida que no desean y negando su
propia dignidad y autonomía. Sería un derecho
que coacciona un derecho fundamental de la persona, el de la libertad de
conciencia de la mujer, a quien se le impone la obligación de ser madre contra
su voluntad. Y es que, utilizar los mandatos o
prohibiciones divinas, cuya violación el creyente entiende como pecado, para convertirlas en leyes
civiles obligatorias para todos equivale a identificar
pecado con delito. Algo inconcebible hoy, dada la evolución de la
conciencia humana y el desarrollo de la cultura democrática.
Por ello, hoy es urgente volver a decir,
alto y fuerte, que derecho público y
moral católica han de ser realidades autónomas.
Por numerosos que sean los católicos en
nuestro país, el Estado, si quiere ser democrático, no puede sino garantizar a las mujeres el
ejercicio del derecho de autodeterminación sobre su propio cuerpo, el derecho a
que su maternidad sea voluntaria, nunca forzada.
3. La vida humana y
su comienzo
Partimos de algunos principios asimilados
por todos:
1.- ¿Qué es vivir? Qué se entiende por vida
humana? Hay muchas formas de vivir que no son vida y hay muchas formas de vida
que no son vivir, al menos no vivir dignamente: todas aquellas que impiden o no
posibilitan el desarrollo de las personas, que no aseguran los medios básicos
indispensables para que las personas crezcan como tales, que no garantizan el
respeto de todos y cada uno de los derechos
humanos, etc.
2. La vida de las personas es mucho más que
la vida biológica, pues implica siempre dignidad y derechos.
3.- La mujer no es solo un ser biológico cuyo cuerpo cumple unas
funciones sexuales y reproductivas. El cuerpo de la mujer es inseparable de su
ser de persona y por tanto, de su dignidad, su autonomía, su libertad de
conciencia y sus derechos, por lo que su dimensión biológica y su dimensión de
persona, sujeto de derechos y libertades, son inseparables.
4.- Sobre el comienzo de la vida no se pueden hacer afirmaciones ni negaciones
rotundas. Hay aun muchas preguntas que no tienen respuestas definitivas.
Decidir en qué momento se puede hablar de vida humana es, aun, un tema abierto.
Lo que es evidente es que las mujeres como son personas, son sujetos de
derechos, de decisión y de conciencia
personal. Esta conciencia debe ser, en todo caso, respetada. La decisión de ser o no madre, siempre deberá ser suya.
Aun siendo estas afirmaciones tan
evidentes, solo desde unos supuestos de laicidad, es decir de respeto de una ética laica exigible a
todas y cada una de las personas que forman una sociedad dada, pueden contemplarse y garantizarse en todos
los casos. Pero vivimos en un país cuyos gobiernos se empeñan una y otra vez en
legislar no para todos los ciudadanos, sino para solo una parte: aquellos que
asumen como propia la moral católica. Esto pone a los ciudadanos en su
conjunto, en la tesitura de soportar una violencia intolerable: ser sometidos a
unas leyes que obligan a asumir planteamientos morales propios de una religión
particular.
Es interesante ver, aunque sea esquemáticamente, como se
contempla el comienzo de la vida humana y la vida misma, desde la moral católica y desde una cultura laica:
1.-
Según la tradición católica:
La vida humana y su comienzo se entienden
desde una triple dimensión:
a)
La dimensión “teológica” o religiosa
La vida depende de Dios. La vida no nos
pertenece, pertenece a Dios, es posesión de Dios y ha sido puesta a nuestro
cuidado. La vida es sagrada y no podemos decidir sobre ella. Proviene de una
“naturalidad biológica”. La vida llega por medio de la familia, por el
matrimonio monogámico heterosexual, que tiene un mandato reproductivo. En la
fecundidad del amor conyugal el matrimonio colabora con Dios en la generación y
educación de nuevas vidas.
b) La dimensión “científica o
técnica”:
La vida llega por
la unión marital de hombre y mujer. El inicio de la vida biológica y la vida de
derechos empieza con la unión de gametos masculinos y femeninos. Es decir, la
vida biológica determinaría la existencia de los derechos. Tiene su fundamento
en la ley natural querida por Dios. El cuerpo no es fundamental, es solamente
un receptáculo útil para el cuidado del alma, de lo sagrado. La reproducción
humana “únicamente” proviene de esa unión, no de otra manera. La vida de la
persona depende de la vida biológica, sobre la que no hay discusión posible porque es sagrada.
c) La dimensión “política” o
legislativa:
La vida así entendida es tutelada por el
derecho, las leyes, los Estados. Se trata de un bio-poder que protege, ampara y controla un modelo de familia
basada en la naturaleza humana, en la ley natural querida por Dios. Es lo
propio de la pareja monogámica con carácter reproductivo. Lo que aquí aparece
es la regulación política del cuerpo de la mujer y una política atravesada por
un sistema de creencias del aparato teológico-científico. Esta vida que la
ciencia determina y que la Iglesia sostiene (la encíclica Humanae vitae, de
Pablo VI, 1968), es asegurada políticamente por el Estado confesional que la
defiende y es el soporte de su estructura y derechos.
2.-Según
la cultura laica:
La
cultura laica rechaza ese
monolitismo ideológico-político de los católicos porque parte de la realidad de una sociedad plural
con diversidad de creencias, morales y cosmovisiones distintas.
En
segundo lugar, la cultura
laica respeta toda clase de creencias y convicciones, ante las que no tiene
nada que decir ni que argumentar. Porque no entra dentro del ámbito de la
razón, son propias de la libre decisión de cada ciudadano/a.
En
tercer lugar, las
opiniones científicas de los biólogos, médicos, etc. sobre el comienzo de la
vida humana, no son dogmáticas, son eso, opiniones más o menos fundamentadas,
pero la laicidad no puede decantarse por alguna en concreto, porque a un
argumento no puede oponerse otro argumento igualmente válido. En este tema de
la vida humana y su comienzo no se pueden hacer afirmaciones o negaciones
rotundas. Hay muchos interrogantes, muchas preguntas que no tienen respuestas
probadas ni comprobadas. Decidir en qué momento se puede hablar de vida humana
es un tema abierto, sin conclusiones claras. La cultura laica no pretende tener
una solución a este tema.
En
cuarto lugar, desde la
laicidad que propugna la separación neta de Iglesias y Estado, no es admisible
la injerencia de morales católicas en la legislación que afecta y obliga a toda
la ciudadanía. Y mucho menos afirmar el
poder político que quiere imponer unas leyes orientadas por un modelo concreto
de familia: monogámica y heterosexual, como si fuera el único real en el país.
Desde la cultura laica, la IVE
es la expresión del derecho de toda mujer a decidir sobre su maternidad.
La vida tiene un amplio sentido: defiende una dimensión integral, universal,
que abarca a todo ser vivo y reivindica unas condiciones de vida dignas para
todo ser humano.
En una ley civil, dictada para toda la
ciudadanía, no puede intervenir la moral católica porque contradice la
Constitución que afirma (art. 16.3) que estamos en un Estado que se proclama
aconfesional y democrático. Porque la salud sexual y reproductiva de la mujer
concierne a la Ética cívica, al margen de las creencias religiosas de cada uno.
Así lo pide la lógica democrática, tanto en un Estado laico como en un Estado
simplemente aconfesional.
4.- La IVE
y los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres
Si bien los problemas relacionados con la IVE y con los derechos
reproductivos y sexuales de las mujeres,
en cierto modo afectan a la
sociedad en su conjunto, no cabe duda de que afectan de una manera fundamental
a las mujeres: es su cuerpo, su vida, su derecho a elegir si quieren o no ser madres, cómo, cuándo, etc. Las mujeres son personas y
como tales tienen la misma dignidad que el resto de la ciudadanía y el mismo
derecho a comportarse según los dictados de su propia conciencia.
Las mujeres son sujetos de derecho. En el inicio-preámbulo de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos podemos leer: …”Considerando que los pueblos
de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos
fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en
la igualdad de derechos de hombres y mujeres, etc.”. Por otra parte, el
Estatuto de la Corte Penal Internacional (Roma, 1998) define y codifica por
primera vez en el Derecho Penal Internacional la violación, la esclavitud
sexual, el embarazo forzado y otras formas de violencia sexual y reafirma el texto
de Viena (1993) considerando como una
violación de los derechos humanos la ingravidez indeseada, como efecto de la
violencia sexual y sexista.
A la mujer le corresponde decidir la
interrupción de su embarazo, contando siempre con garantías sanitarias,
psicosociales y jurídicas adecuadas en los servicios públicos.
Desde que existen las sociedades patriarcales, el cuerpo de las
mujeres ha sido permanentemente un campo de batalla, objeto de todos los
discursos, de todo tipo de prácticas médicas, controles, reglas y disciplinas.
Ha sido y sigue siendo objeto de derechos, y si, frecuentemente, objeto de
derechos de otros, como cuerpo no autónomo, sino sometido a poderes ajenos:
maritales, religiosos, etc. pero casi nunca sujeto de derechos.
Pero lo cierto es que a las religiones (a
sus jerarquías o cúpulas, a las castas sacerdotales, en su conjunto) no les
interesa mucho la autonomía moral de las mujeres, ni su dignidad ni sus
sufrimientos, pero tampoco les preocupan
muy seriamente los abortos: al menos no ponen mucho énfasis en impulsar políticas preventivas de embarazos
no deseados, llegando a aberraciones como prohibir o condenar el uso de
preservativos en zonas del mundo muy
densamente pobladas y carentes de lo más necesario para llevar una vida digna.
Al final, y sin muchas dificultades, lo
que se percibe es que el interés de las iglesias está básicamente centrado, no en la mujer
como ser humano, sino como simple receptáculo, y como productora de nuevas
vidas, desentendiéndose del respeto por su
dignidad como personas y por la
autonomía de su libre conciencia.
Por todas estas razones, y en el contexto que se está viviendo en este
país, no podemos sino denunciar de
la forma más enérgica:
-La
actitud del gobierno que pretende
legislar de acuerdo con la “moral” de la Iglesia Católica, que no es la del
conjunto de la ciudadanía, aun a sabiendas de que los retrocesos en los
derechos de las mujeres, solo traerán consecuencias muy graves para muchas de
ellas y para sus familias. Que con una mano
restringen las condiciones de la
IVE en el caso de fetos con malformaciones graves o muy graves y con la otra
mano, recortan las ayudas a la dependencia. Dicen proteger la vida y la
familia, pero congelan el salario mínimo, o desoyen el clamor de la gente que
grita para que no les desahucien de sus casas
-La
actitud de la jerarquía de la IC,
siempre dispuesta a influir en las orientaciones políticas y en la tarea
legislativa de los gobiernos. No es ya el tiempo de que la cruz y la espada
sigan juntas, pero este país, gracias tanto al Gobierno como a la Jerarquía de
la Iglesia Católica, está viviendo en estos tiempos una vuelta al pasado de
miseria, de corrupción y de atropellos
contra todos los valores éticos y cívicos.
Madrid, 3 de
Enero, 2014
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